martes, 6 de noviembre de 2007

JUNTA DE GOBIERNO 22-09-2007

DON RAFAEL POZAS ORTIZ; SECRETARIO GENERAL ACCIDENTAL DEL AYUNTAMIENTO DE EL ESCORIAL DEL QUE ES ALCALDE SA EN FUNCIONES DO Ñ A CONCEPCIÓ N VICENTE BERZAL.

CERTIFICO; Que el acta de la Junta de Gobierno Local de fecha veintid ós de Septiembre de dos mil siete, dice literalmente como sigue;

En El Escorial, siendo las nueve horas del dí a veintidó s de Septiembre de dos mil siete.


 


ASISTENTES

Alcalde-Presidente

D. Antonio Vicente Rubio

Concejales Miembros

Da. Concepció n Vicente Berzal , D. Ignacio Gonzá lez Velayos,  D. Cé sar M. San Santa-Cruz,  D. Roberto Domí nguez Whyte

-   Justifica   su   ausencia   Dª.    Mercedes Fern ández-Escand ón Nadal.

Concejales Requeridos

D. Fernando Preciado Lage , Da. Vanesa Herranz Benito, D. Ignacio Parra Dí az

Secretario General Accidental

D. Rafael Pozas Ortiz

 

Reunidos en el Saló n al efecto de la Casa Consistorial, bajo la Presidencia del Sr. Alcalde D. ANTONIO VICENTE RUBIO, previa convocatoria al efecto, los Sres. Concejales que se relacionan. Al objeto de celebrar Sesi ón Extraordinaria, conforme Orden del D ía establecido.

Da fe del acto el Sr. Secretario General Accidental de la Corporación, D. Rafael Pozas Ortiz.

Por el Sr. Alcalde Presidente se declara abierta la Sesión de este Órgano, con el primer punto de su Orden del D ía, cual es:

APROBACIÓ N MINUTA SESIÓ N ANTERIOR.- Abierta la Sesión por la Presidencia y obrante en poder de los Sres. Concejales la Minuta de la Sesi ón de fecha 1 9 de Septiembre de 2.007 y encontr á ndola conforme, es aprobada por la unanimidad de los asistentes.

1.- AMPLIACIÓ N PRISMA 2.006-2.0007.- Visto el acuerdo adoptado por este mismo órgano de fecha 25 de julio de 2007 del que tomo conocimiento el Pleno de la Corporación en su sesi ón de fecha 6 de agosto de 20007, sobre solicitud de ampliaci ón del Plan Regional de Inversiones y Servicios de Madrid para el periodo 2006-2007 por importe de 1.000.000 Euros, la Junta por unanimidad de sus miembros acuerda:

PRIMERO.- Concretar y aprobar el contenido de las actuaciones a las que se refiere la ampliaci ón, que quedan especificadas en documentos t écnicos anexos que forman parte de este acuerdo.

SECUNDO.- Siguiendo lo establecido en el articulo 5.3 del Decreto 73/2005, se acuerda igualmente facultar al Alcalde Presidente, para que, en el á mbito de sus competencias y conforme determina la legislació n de Ré gimen Local, pueda llevar a efecto las gestiones, tramites y firma de cuantos documentos sean necesarios para la plena eficacia de lo acordado en esta sesi ón en relaci ón con las actuaciones a realizar para la ampliaci ón y desarrollo del Programa Regional de Inversiones y Servicios 2006-2007

TERCERO.- Así mismo, se acuerda realizar la oportuna puesta a disposició n a favor de la Comunidad de Madrid de los terrenos descritos en el apartado primero y documentos t écnicos anexos a este acuerdo donde ser án ejecutadas las actuaciones a gestionar por la Comunidad de Madrid

CUARTO.- Remitir a la Dirección General de Cooperaci ón con la Administración Local de la Comunidad de Madrid, la certificaci ó n del presente acuerdo con el resto de la preceptiva documentació n requerida en la normativa reguladora del PRISMA 2.006-2.007.

2.- CONTRATACIONES.- Gestió n Escuela Mú sica y Danza.- En relació n con el contrato para la adjudicació n de la gestió n de la Escuela de Mú sica y Danza, y vista la propuesta de la Mesa de Contratació n de fecha 21 de Septiembre de 2.007, la Junta por unanimidad de sus miembros acuerda:

PRIMERO. Declarar vá lida la licitación y adjudicar el contrato para la gesti ón de la Escuela Municipal de M úsica y Danza por procedimiento abierto mediante concurso y tramitació n ordinaria, a favor de la empresa "Musicvox-Sierra S.L" por el precio de 388.659, 60 euros (IVA incluido) y un descuento de 54,59 euros/hora en caso de la impartici ón de menos horas de las previstas en el pliego y en las condiciones se ñaladas en su oferta.

SEGUNDO. Que se notifique al adjudicatario, en el plazo de diez d ías, la presente Resoluci ón y se le requiera para que. dentro de ios quince d ías h ábiles siguientes al de la fecha en que reciba la notificaci ón, constituya la fianza definitiva se ñalada en el Pliego de Cl á usulas Administrativas, citá ndole, a continuació n, para la formalizació n del contrato administrativo.

TERCERO. Notificar el presente acuerdo a los participantes en la licitació n que no han sido adjudicatarios, procediendo a devolverles la fianza provisional constituida y publicar la adjudicaci ó n en el Boletí n Oficial de la Comunidad de Madrid y Boletí n Oficial del Estado .

.- CONTRATACIONES.- Arrendamiento de local con destino a Oficina Municipal de la Vivienda.- £n relaci ón con el contrato privado para el arrendamiento de uso distinto al de vivienda del inmueble situado en la C/. Juan de Herrera n". 9, de esta localidad, con destino a los Servicios de Informaci ó n Municipal de la vivienda, la junta por unanimidad de sus miembros acuerda:

PRIMERO. Declarar vá lida la licitació n y adjudicar el contrato privado para el arrendamiento de uso distinto al de vivienda del inmueble situado en la C/. Juan de Herrera n". 9, de esta localidad, con destino a los Servicios de Informaci ó n Municipal de la vivienda, a favor de D1. Marí a Pilar Herranz Ferná ndez que actú a en su propio nombre y derecho y en nombre y representació n de D. Á ngel Herranz Ferná ndez, D. Mariano Herranz Ferná ndez y D. Rafael Herranz Ferná ndez, tal y como se acredita en la escritura de apoderamiento otorgada ante el Notario del Ilustre Colegio de Madrid, D.Jos é Luis Núñ ez Lagos Rogla, por el precio de 860,00 má s el IVA correspondiente y por un plazo de un añ o prorrogable por acuerdo expreso entre las partes.

SEGUNDO. Que se notifique al adjudicatario, en el plazo de diez dí as, la presente Resolució n citá ndole, dentro de los quince d ías h ábiles siguientes al de la fecha en que reciba la notificaci ón, para la formalizaci ón del contrato administrativo.

3.- PROCEDIMIENTOS JUDICIALES.- P. Ordinario 554/2.006 del T.SJ. de Madrid.- La Junta toma conocimiento de la existencia del Procedimiento Ordinario n° . 554/2.006 que se sigue en la Sección 00! de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que fue iniciado por este Ayuntamiento contra la Comunidad de Madrid ante la denegaci ó n de la aprobaci ón definitiva de la Modificación del Plan Parcial del Sector 1, El Ensanche.

En este estado lajunta, por unanimidad de sus miembros, acuerda desistir del citado procedimiento y su comunicaci ón a la Sala a los efectos que en derecho procedan.

4.- PROPUESTAS DE CONCEJALES.- No se presenta ninguna propuesta por parte de los Concejales Delegados.

5.- DE INTER ÉS Y URGENCIA.- En este turno no se presenta cuesti ón alguna de expresa constancia.

Y no habiendo má s asuntos que tratar se levanta la sesió n de orden de la Presidencia, dá ndose por terminado el acto a las once horas y quince minutos, de lo que como Secretario Certifico.

Y para que así conste y cumpliendo lo dispuesto en el Art° . 113-b) del Reglamento de Organizació n, Funcionamiento y R égimen Jur ídico de las Entidades Locales, expido la presente de orden del Sr. Alcalde Presidente y con su visto bueno en El Escorial, a veintisiete de Septiembre de dos mil siete.
CONCEPCION VICENTE BERZAL
LA ALCALDESA EN FUNCIONES

 




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MONTEARROYO,
Partido Político Independiente.
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JUNTA DE GOBIERNO 19-09-2007


DON RAFAEL POZAS ORTIZ; SECRETARIO GENERAL ACCIDENTAL DEL AYUNTAMIENTO DE EL ESCORIAL DEL QUE ES ALCALDE SA EN FUNCIONES DO ÑA CONCEPCI ÓN VICENTE BERZAL.

CERTIFICO: Que el acta de la Junta de Gobierno Local de fecha diecinueve de Septiembre de dos mil siete, dice literalmente como sigue:


En El Escorial, siendo las catorce horas del dí a diecinueve de Septiembre de dos mil siete.

ASISTENTES

Alcalde-Presidente

D. Antonio Vicente Rubio

Concejales Miembros

Da. Concepci ón Vicente Berzal, D. Ignacio Gonz ález Velayos, Da. Mercedes Fern ández-Escand ón Nadal D. C ésar M. San Santa-Cruz

D. Roberto Dom ínguez Whyte

Concejales Requeridos

D. Femando Preciado Lage Da. Vanesa Herranz Benito D. Ignacio Parra D íaz

Secretario General Accidental

D. Rafael Pozas Ortiz

 

Reunidos en el Saló n al efecto de la Casa Consistorial, bajo la Presidencia del Sr. Alcalde D. ANTONIO VICENTE RUBIO, previa convocatoria al efecto, los Sres Concejales que se relacionan. Al objeto de celebrar Sesi ón, conforme Orden del D ía establecido.

Da fe del acto el Sr. Secretario General Accidental de la Corporación, D Rafael Pozas Ortiz.

Por el Sr. Alcalde Presidente se declara abierta la Sesión de este Órgano, con el primer punto de su Orden del D ía, cual es:

APROBACIÓ N MINUTA SESIÓ N ANTERIOR.- Abierta la Sesión por la Presidencia y obrante en poder de los Sres. Concejales la Minuta de la Sesi ón de fecha 12 de Septiembre de 2.007 y encontr á ndola conforme, es aprobada por la unanimidad de los asistentes.

1.- OBRAS MAYORES.- Se examina el expediente n". 5.463/07, instruido a instancia de D'. Socorro Ortega Mart ín, en el que solicita Licencia Urban ística y de Ejecuci ón de obras de construcci ón de un edificio de dos viviendas, con tres alturas sobre rasante y una bajo rasante en la C/. Quiteñ o López n °. 1 O, de esta localidad, y vistos los Informes favorables emitidos por los Servicios T écnicos Municipales, se acuerda por unanimidad remitir el expediente a la Direcci ón General de Patrimonio Artí stico de la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo establecido en el Decreto 52/2.006, de 1 5 dejunio.

2.- OBRAS MENORES.- Se examina el expediente n° . 5.648/07, instruido a instancia de "Iberdrola Distribuci ón, S.A.U.", en el que solicita Licencia de Obras para hacer acometida el éctrica en la C/. Alcudia n ° . 2 (aproximadamente), en la zona de "Montencinar", de este T érmino Municipal.

Se examina el informe emitido por el Ingeniero Té cnico Industrial de fecha , que literalmente dice: "Vista la documentaci ón aportada con fecha 11 de julio de 2.007, se informa FA VORABLEMENTE ef expediente correspondiente.

Consecuentemente se propone a la autoridad municipal la concesi ón de la Licencia de Obras solicitada condicionada a que las mismas se ajusten el Proyecto de Obra y ai Estudio de Seguridad gen é rico, registrado en el Ayuntamiento con el n". de orden 5.426 y fecha 12/07/00.

La   ejecuci ón   de   las    obras   solicitadas   se   realizaran    conforme   al Reglamento Electrot écnico de Baja   Tensi ón  y sobre la  base de las Normas T é cnicas de Iberdro/a registradas en el Ayuntamiento de El Escorial con n". de orden 5034 y fecha 28/06/00.

Así mismo, deberá n reponer e! pavimento a su estado actual en el plazo de ejecució n previsto conforme al INFORME T ÉCNICO ANEXO de esta misma fecha". En este ú ltimo informe se especifican la forma y plazo de ejecuci ón de las obras as í como la obligaci ón de comunicar las fechas de inicio y de terminaci ón de las mismas,

A la vista de los informes favorables emitidos, se acuerda por unanimidad conceder la Licencia de Obras solicitada. Sin perjuicio de terceros y salvo el derecho de propiedad.

- Igualmente esta Licencia se otorga y tiene su vigencia y eficacia en los plazos establecidos en el Art °. 158 de la Ley 9/01, de 17 de Julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.- Para posibles pr ó rrogas y/o declaració n de su caducidad se seguirá el indicado articulo.

- De este acuerdo se dará traslado al Sr. Encargado General de este Ayuntamiento para el debido control y seguimiento de las obras autorizadas as í como a la Policía Municipal.

- El solicitante deber á señ alizar adecuadamente las obras con indicació n del nombre de la Empresa encargada de la Ejecución.

Se aprueba la liquidaci ón de las tasas correspondientes practicada por la Intervenci ón Municipal, las cuales ascienden a la cantidad de:

Licencia Urbaní stica                                                            1 8,00

De acuerdo con la Ordenanza vigente reguladora de la tasa por la ocupació n de v ía p ública con materiales de construcció n y mercancí as, si se va a proceder a ocupar la ví a pú blica con andamiajes, materiales de construcció n, tierras, escombros, contenedores, maquinaria (Grú as, Hormigoneras y vehí culos de estacionamiento permanente), etc., debe solicitarse con anterioridad a la misma, indicando el n úmero de mes natural o fracci ón, y los metros cuadrados que se estima ocupar. A estos efectos se practicar á una autoliquidaci ón por parte del ocupante, en las Oficinas Municipales. Procediendo al final de la ocupaci ón a una liquidaci ón definitiva, una vez efectuados los oportunos controles. Para ello es necesario la presentaci ón de solicitud de baja de la ocupaci ó n por el interesado, de conformidad con el Art". 10 de la Ordenanza.

.- OBRAS MENORES.- Se examina el expediente n". 6.795/07, instruido a instancia de D". Adela Caraball ú Clemente, en el que solicita Licencia de Obras para levantar un muro en patio exterior, aproximado (4 m. de altura), en la vivienda sita en la C/. Sebasti án de Santoyo n". 1 8, de esta localidad, y vistos los informes favorables emitidos por los Servicios T écnicos Municipales que literalmente dice: El muro será de un altura m áxima de 2'00 m., llegando hasta los 2'70 m. mediante cerrajer ía transparente, vegetaci ón, con un retranqueo de 50 cm.'\ se acuerda por unanimidad conceder la Licencia de Obras solicitada. Sin perjuicio de terceros y salvo el derecho de propiedad.

- Igualmente esta Licencia se otorga y tiene su vigencia y eficacia en los plazos establecidos en el Art °. 158 de la Ley 9/01, de 17 de Julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.- Para posibles pr órrogas y/o declaraci ón de su caducidad se seguir á el indicado artí culo.

Aprobá ndose la liquidació n de las tasas correspondientes practicada por la Intervención Municipal, las cuales ascienden a la cantidad de:

Licencia Urbaní stica                                                           1 8,00

De acuerdo con la Ordenanza vigente reguladora de la tasa por la ocupació n de v ía p ública con materiales de construcci ón y mercanc ías, si se va a proceder a ocupar la v ía p ública con andamiajes, materiales de construcci ón, tierras, escombros, contenedores, maquinaria (Gr úas, Hormigoneras y veh ículos de estacionamiento permanente), etc., debe solicitarse con anterioridad a la misma, indicando el número de mes natural o fracci ón, y los metros cuadrados que se estima ocupar. A estos efectos se practicar á una autoliquidaci ón por parte del ocupante, en las Oficinas Municipales. Procediendo al final de la ocupaci ón a una liquidaci ón definitiva, una vez efectuados los oportunos controles. Para ello es necesario la presentaci ón de solicitud de baja de la ocupaci ón por el interesado, de conformidad con el Art". 10 de la Ordenanza.

.- OBRAS MENORES.- Se examina el expediente n° . 6.796/07, instruido a instancia de D. Ramiro Gó mez Remartí nez, en e! que solicita Licencia de Obras para reparaci ón, enfoscado y pintura de patios interiores en el el edificio sito en la Avda. de la Arboleda n °. 4, de esta localidad, y vistos los informes favorables emitidos por los Servicios T écnicos Municipales, se acuerda por unanimidad conceder la Licencia de Obras solicitada. Sin perjuicio de terceros y salvo el derecho de propiedad.

- Igualmente esta Licencia se otorga y tiene su vigencia y eficacia en los plazos establecidos en el Art °. 1 58 de la Ley 9/01, de 17 de Julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.- Para posibles pr ó rrogas y/o declaració n de su caducidad se seguirá el indicado art ículo.

Aprobá ndose la liquidació n de las tasas correspondientes practicada por la Intervención Municipal, las cuales ascienden a la cantidad de:

Licencia Urban í stica                                                      624,24

De acuerdo con la Ordenanza vigente reguladora de la tasa por la ocupació n de vía p ública con materiales de construcci ón y mercanc ías, si se va a proceder a ocupar la v ía p ública con andamiajes, materiales de construcci ón, tierras, escombros, contenedores, maquinaria (Gr úas, Hormigoneras y veh ículos de estacionamiento permanente), etc., debe solicitarse con anterioridad a la misma, indicando el número de mes natural o fracci ón, y los metros cuadrados que se estima ocupar. A estos efectos se practicar á una autoliquidaci ón por parte del ocupante, en las Oficinas Municipales. Procediendo al final de la ocupaci ón a una liquidaci ón definitiva, una vez efectuados los oportunos controles. Para ello es necesario la presentaci ón de solicitud de baja de la ocupaci ón por el interesado, de conformidad con el Art° . 10 de la Ordenanza.

.- OBRAS MENORES.- Se examina el expediente n". 7.588/07, instruido a instancia de "Karisa Veinte, S.L", en el que solicita Licencia de Cala para acometida de agua en la C/. Sebasti án de Santoyo n". 3, de esta localidad, y vistos los informes favorables emitidos por los Servicios T écnicos Municipales, se acuerda por unanimidad conceder la Licencia de Obras solicitada. Sin perjuicio de terceros y salvo el derecho de propiedad.

- Igualmente esta Licencia se otorga y tiene su vigencia y eficacia en los plazos establecidos en el Art". 158 de la Ley 9/01, de 1 7 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.- Para posibles pr órrogas y/o declaraci ón de su caducidad se seguir á el indicado art í culo.

- Consta en el expediente el justificante de la fianza presentada corno garant ía de la correcta finalizaci ón de las obras, que ser á devuelta una vez recibidas las mismas por el Ayuntamiento.

- De este acuerdo se dará traslado al Sr. Encargado General de este Ayuntamiento para el debido control y seguimiento de las obras autorizadas as í como a la Policía Municipal.

Aprob ándose la liquidaci ón de las tasas correspondientes practicada por la Intervenci ón Municipal, las cuales ascienden a la cantidad de:

Licencia Urban í stica                                                           18,00

De acuerdo con la Ordenanza vigente reguladora de la tasa por la ocupació n de vía p ública con materiales de construcci ón y mercancí as, si se va a proceder a ocupar la v ía pú blica con andamiajes, materiales de construcció n, tierras, escombros, contenedores, maquinarla (Grú as. Hormigoneras y vehí culos de estacionamiento permanente), etc., debe solicitarse con anterioridad a la misma, indicando el n úmero de mes natural o fracci ón, y los metros cuadrados que se estima ocupar. A estos efectos se practicar á una autollquidaci ón por parte del ocupante, en las Oficinas Municipales. Procediendo al final de la ocupaci ón a una liquidaci ón definitiva, una vez efectuados los oportunos controles. Para ello es necesario la presentaci ó n de solicitud de baja de la ocupació n por el interesado, de conformidad con el Artü . 10 de la Ordenanza.

.- OBRAS MENORES.- Se examina el expediente n° . 7.597/07, instruido a instancia de "Tahegre Construcciones, S.L.", en el que solicita Licencia de Obras para arreglar la piscina en la Avda. de Los Cierros n". 66, en la zona de "Montencinar", de este T érmino Municipal, y vistos los informes favorables emitidos por los Servicios T écnicos Municipales, se acuerda por unanimidad conceder la Licencia de Obras solicitada. Sin perjuicio de terceros y salvo el derecho de propiedad.

- Igualmente esta Licencia se otorga y tiene su vigencia y eficacia en los plazos establecidos en el Art". 158 de la Ley 9/01, de ! 7 de Julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.- Para posibles pr órrogas y/o declaraci ón de su caducidad se seguir á el indicado art í culo.

Aprobá ndose la liquidació n de las tasas correspondientes practicada por la Intervención Municipal, las cuales ascienden a la cantidad de:

Licencia Urban í stica                                                           84,20

De acuerdo con la Ordenanza vigente reguladora de la tasa por la ocupació n de v ía p ública con materiales de construcci ón y mercanc ías, si se va a proceder a ocupar la v ía p ública con andamiajes, materiales de construcci ón, tierras, escombros, contenedores, maquinaria (Gr úas, Hormigoneras y veh ículos de estacionamiento permanente), etc., debe solicitarse con anterioridad a la misma, indicando el número de mes natural o fracci ón, y los metros cuadrados que se estima ocupar. A estos efectos se practicar á una autoliquidaci ón por parte del ocupante, en las Oficinas Municipales. Procediendo al final de la ocupaci ón a una liquidaci ón definitiva, una vez efectuados los oportunos controles. Para ello es necesario la presentaci ón de solicitud de baja de la ocupaci ón por el interesado, de conformidad con el Art". 10 de la Ordenanza.

.- OBRAS MENORES.- Se examina el expediente n° . 7.730/07, instruido a instancia de "Iberdrola Distribució n, S.A.U.", en el que solicita Licencia de Obras para hacer acometida el éctrica en la C/. San Sebasti án n". 31, de esta localidad.

Se examina el informe emitido por el Ingeniero Té cnico Industrial de fecha , que literalmente dice: "Vista la documentaci ón aportada con fecha 12 de Septiembre de 2.007, se informa FA VORABLEMENTE el expediente correspondiente.

Consecuentemente se propone a la autoridad municipal la concesi ón de la Licencia de Obras solicitada condicionada a que las mismas se ajusten el Proyecto de Obra y al Estudio de Seguridad gen érico, registrado en el Ayuntamiento con el n °. de orden 5.426 y fecha 12/07/00.

La ejecució n de las obras solicitadas se realizaran conforme al Reglamento Electrot écnico de Baja Tensi ón y sobre la base de /as Normas Té cnicas de Iberdrola registradas en el Ayuntamiento de El Escorial con n". de orden 5034 y fecha 28/06/00.

Así mismo, deberá n reponer el pavimento a su estado actual en el plazo de ejecució n previsto conforme al INFORME T ÉCNICO ANEXO de esta misma fecha". En este ú ltimo informe se especifican la forma y plazo de ejecuci ón de las obras as í como la obligaci ón de comunicar las fechas de inicio y de terminaci ón de las mismas.

A la vista de los informes favorables emitidos, se acuerda por unanimidad conceder la Licencia de Obras solicitada. Sin perjuicio de terceros y salvo el derecho de propiedad.

- Igualmente esta Licencia se otorga y tiene su vigencia y eficacia en los plazos establecidos en el Are". 158 de la Ley 9/01, de 1 7 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.- Para posibles pr ó rrogas y/o declaració n de su caducidad se seguirá el indicado art ículo.

- De este acuerdo se dará traslado al Sr. Encargado General de este Ayuntamiento para el debido control y seguimiento de las obras autorizadas as í como a la Policía Municipal.

- El solicitante deberá señ alizar adecuadamente las obras con indicació n del nombre de la Empresa encargada de la ejecuci ón.

Se aprueba la liquidació n de las tasas correspondientes practicada por la Intervención Municipal, las cuales ascienden a la cantidad de:

Licencia Urban í stica                                                           18,00

De acuerdo con la Ordenanza vigente reguladora de la tasa por la ocupació n de v ía p ública con materiales de construcció n y mercancí as, si se va a proceder a ocupar la ví a pú blica con andamiajes, materiales de construcció n, tierras, escombros, contenedores, maquinaria (Grú as, Hormigoneras y vehí culos de estacionamiento permanente), etc., debe solicitarse con anterioridad a la misma, indicando el n úmero de mes natural o fracci ón, y los metros cuadrados que se estima ocupar. A estos efectos se practicará una autoliquidació n por parte del ocupante, en las Oficinas Municipales. Procediendo al final de la ocupaci ón a una liquidaci ón definitiva, una vez efectuados los oportunos controles. Para ello es necesario la presentaci ón de solicitud de baja de la ocupaci ó n por el interesado, de conformidad con el Art° . 10 de la Ordenanza.

.- OBRAS MENORES.- Se examina el expediente n° . 7.590/07, instruido a instancia de "Inmouno, S.L.", en el que solicita Licencia de Obras para reparaci ón solado exterior en acceso elevado de la Avda. de la Constituci ón n° . 31, de esta localidad, y vistos los Informes favorables emitidos por los Servicios T écnicos Municipales, se acuerda por unanimidad conceder la licencia de Obras solicitada. Sin perjuicio de terceros y salvo el derecho de propiedad.

- Igualmente esta Licencia se otorga y tiene su vigencia y eficacia en los plazos establecidos en el Art". 158 de la Ley 9/01, de 17 de Julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.- Para posibles pr órrogas y/o declaraci ón de su caducidad se seguir á el indicado articulo.

Aprobá ndose la liquidació n de las tasas correspondientes practicada por la Intervención Municipal, las cuales ascienden a la cantidad de.

Licencia Urban í stica                                                           44,53

De acuerdo con la Ordenanza vigente reguladora de la tasa por la ocupació n de vía p ública con materiales de construcci ón y mercanc ías, si se va a proceder a ocupar la v ía p ública con andamiajes, materiales de construcci ón, tierras, escombros, contenedores, maquinaria (Gr úas, Hormigoneras y veh ículos de estacionamiento permanente), etc., debe solicitarse con anterioridad a la misma, indicando el número de mes natural o fracci ón, y los metros cuadrados que se estima ocupar. A estos efectos se practicar á una autoliquidaci ón por parte del ocupante, en las Oficinas Municipales. Procediendo al final de la ocupaci ón a una liquidaci ón definitiva, una vez efectuados los oportunos controles. Para ello es necesario la presentaci ón de solicitud de baja de la ocupaci ón por el interesado, de conformidad con el Art ° . 10 de la Ordenanza.

.- OBRAS MENORES.- Se examina el expediente n° . 7.772/07, instruido a instancia de D*. Teresa Gonzá lez Alonso, en el que solicita Licencia de Obras para solado del camino en la parcela n °. 496, sita en la C/. Dieciocho n". 38, en "Ciudad Bosque Los Arroyos", de este Término Municipal, y vistos los informes favorables emitidos por los Servicios T écnicos Municipales, se acuerda por unanimidad conceder la Licencia de Obras solicitada. Sin perjuicio de terceros y salvo el derecho de propiedad.

- Igualmente esta Licencia se otorga y tiene su vigencia y eficacia en los plazos establecidos en el Art °. 158 de la Ley 9/01, de 17 de Julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid,- Para posibles pr ó rrogas y/o declaració n de su caducidad se seguirá el indicado art ículo.

Aprobá ndose la liquidació n de las tasas correspondientes practicada por la Intervención Municipal, las cuales ascienden a la cantidad de:

Licencia Urbaní stica                                                           81,60
Liquidaci ón complementaria                                                                 68,00

De acuerdo con la Ordenanza vigente reguladora de la tasa por la ocupació n de vía p ública con materiales de construcci ón y mercanc ías, si se va a proceder a ocupar la v ía p ública con andamiajes, materiales de construcci ón, tierras, escombros, contenedores, maquinaria (Gr úas, Hormigoneras y veh ículos de estacionamiento permanente), etc., debe solicitarse con anterioridad a la misma, indicando el número de mes natural o fracci ón, y los metros cuadrados que se estima ocupar. A estos efectos se practicar á una autoliquidaci ón por parte del ocupante, en las Oficinas Municipales. Procediendo al final de la ocupaci ón a una liquidaci ón definitiva, una vez efectuados los oportunos controles. Para elfo es necesario la presentaci ón de solicitud de baja de la ocupaci ón por el interesado, de conformidad con el Art". 10 de la Ordenanza.

3.- URBANISMO.- Se da cuenta a la Junta del escrito presentado por la Empresa "Jeromin de El Escorial, S.L." en fecha 6 de Septiembre de 2.007. en el que se adjunta informe morfol ó gico sanitario, emitido por Ingeniero Té cnico Forestal, de 2 pinos pi ñoneros situados en la finca de la C/. De la Pina n". 4, de esta localidad, al tratarse de elementos catalogados en las Normas Subsidiarias de Planeamiento Urban í stico de El Escorial.

Visto el informe emitido por el Arquitecto Municipal de fecha 11 de Septiembre de 2.007 que dice: "Con fecha 31-01-07 el representante de la mercantil "Jeromin de El Escorial, S.L ~ presenta en el Ayuntamiento un breve informe morfol ógico sanitario del Ingeniero Té cnico Forestal Sr. D. Gonzalo del Corral Campo, sin fecha ni visado profesional de! mismo. En el mismo se manifiesta que en PINO PI ÑONERO ! "se encuentra actualmente sano, si bien muy mal formado de copa e inclinado lateralmente ". A continuaci ón y respecto del PINO PI ÑONERO 2 se dice que "se encuentra como si padeciese un ataque de esco/ í ticos....".

Se presente ahora un nuevo informe de fecha 05-09-07 del mismo t écnico en el que manifiesta un total empeoramiento de la situació n, afirmando que A-it pino* est án 5ff?5 (los dos) y que es totalmente imposible la posibilidad de un tratamiento fitosanitario.

Debe precederse a visar dicho informe en el correspondiente colegio oficia/ profesional.

El Ayuntamiento considerará si procede le cotejo del citado informe mediante la petició n de una segunda opini ón o lo consideran innecesario.".

Por la Empresa "Jeromin de El Escorial, S.L." se ha presentado en esta Dependencias, en fecha 17 de Septiembre el informe citado con anterioridad, debidamente visado por el correspondiente Colegio Oficial de Ingenieros T é cnicos Forestales, en el que se expresa la necesidad de la tala de los dos árboles en evitaci ón de plaga o rotura de ramas.

La Junta de Gobierno, por unanimidad de sus miembros acuerda remitir la documentaci ón referida a la Dirección General de Patrimonio Hist ó rico de la Comunidad de Madrid con el fin de obtener la oportuna autorizaci ón para la tala de los tan mencionados á rboles, toda vez que se trata de elementos catalogados en las Normas Subsidiarias de Planeamiento Urban ístico.

.- URBANISMO.- De "Construcciones Encinar Mateos, S.L.". - Se da cuenta a la Junta del escrito de fecha 4 de Septiembre de 2.007, de D. Carlos Rivera Mart ínez, Arquitecto redactor y director de las obras, en el que solicita autorizaci ón del Ayuntamiento para el desmontaje de la fachada del edificio existente en la finca de la C/. Aulencia n ° . 8, toda vez que la misma está catalogada en las Normas Subsidiarias de Planeamiento Urbaní stico vigentes. En dicho escrito figuran los razonamientos en los que se basa la solicitud.

Se examina el informe emitido por el Arquitecto Municipal de fecha 11 de Septiembre de 2.007, que dice "Se aceptan los argumentos expuestos.- Se tendr á un escrupuloso cuidado en la exacta reconstrucci ón de la fachada.- Pres éntese en esta Oficina T écnica, muestra del ladrillo que sea preciso sustituir, antes de iniciar la obra.- Puede concederse lo solicitado.".

Igualmente se examina el Parte de la Policía Local de fecha 14 de Septiembre del mismo año sobre paralización de la actuaciones de derribo de la fachada careciendo de la preceptiva licencia de Obras.

Consta en el expediente y es examinado el informe emitido por el Sr, Concejal Delegado de Urbanismo, ratificando la no existencia de Licencia Municipal que ampare la realización de las obras de derribo de la susodicha fachada.

La Junta, como Órgano competente y a tenor de lo establecido en el Art°. 194.3 y 4 de la Ley 9/01, de 1 7 de Julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, por unanimidad de sus miembros acuerda:

1".- Ordenar la inmediata paralización de las obras y actos que realiza la Empresa "Encinar Mateos, S.L." en la referida finca.

2".- Se debe proceder por dicha Empresa a la reconstrucción de lo indebidamente demolido, con las medidas y en los términos que establece el citado Art°. 194.4.

3°.- Remitir la solicitud a la Dirección General de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid, a fin de obtener la oportuna autorización toda vez que se trata de fachada protegida en las vigentes Normas Subsidiarias de Planeamiento urbanístico de El Escorial.

4°.- Por la Alcaldía Presidencia se decretará lo procedente en desarrollo de este acuerdo. 5".- Trasladar el presente acuerdo al interesado. .- DE URBANISMO.- De "Ejecutiva Samaná, S.A.".- En este punto se ausenta el Concejal D. Roberto Domínguez Whyte.

Por la Secretaría General se informa y da lectura del escrito de fecha 31 de agosto de 2007 mediante el que, la representación legal de la Mercantil Ejecutiva Samaná S.A., viene en interponer recurso de reposición contra el Acuerdo adoptado por este mismo órgano en fecha 25 de julio de 2007, notificado el día 1 de agosto de 2007, por el que se concede Licencia Urbanística sobre Proyecto Básico para la ejecución de edificio de uso terciario destinado a albergar 148 Despachos Profesionales y garaje en parcela 294 sita en la Calle Nueve n". 11 de Ciudad Bosque Los Arroyos.

En dicho escrito, tras la exposición de hechos y fundamentos jurídicos, el recurrente solicita "que se anule y deje sin efecto las condiciones del otorgamiento que relaciona en los apartados primero y segundo del relato de hechos".

Seguidamente se procede a dar lectura del informe urbanístico de fecha 5 de septiembre de 2007 evacuado en relación con los extremos planteados por la recurrente a la concesión de la licencia urbanística, que viene a concluir lo siguiente: primero, que la especificación a inscribir en el Registro de la Propiedad debe ser la que figura en el apartado tercero del acuerdo de la Junta de Gobierno Local -de concesión de licencia urbanística- y no así las limitaciones pormenorizadas que figuran en el informe jurídico urbanístico de 20 de febrero de 2007; y, en segundo lugar, señala la posibilidad de que sea suficiente exigir a los proyectos el cumplimiento de dicha especificación.

En su virtud, la junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros acuerda;

PRIMERO.- Estimar parcialmente el recurso de reposición presentado por la representación legal de la Mercantil Ejecutiva Samaná S.A. en el sentido de anular y dejar sin efecto el siguiente párrafo "En dichos proyectos se deberán tener en cuenta las indicaciones y limitaciones que se citan en el informe jurídico y urbanístico anterior" que figuraba en el punto cuarto del Acuerdo de la unta de Gobierno Local de fecha 25 de julio de 2007.

SEGUNDO.- Confirmar en todos sus extremos el contenido de los apartados primero, segundo, tercero, cuarto -primer párrafo- y quinto del Acuerdo de la junta de Gobierno Local de fecha 25 de julio de 2007, ratificando que la especificación que deberá quedar inscrita en el Registro de la Propiedad es la siguiente: Se prohibe expresamente el uso residencial, de forma permanente, habitual o temporal, no pudiendo destinarse a este uso ninguna parte de la edificación. Por tanto, se prohíbe la presencia en estas edificaciones de elementos de mobiliario y enseres, convertibles o no, que permitan en su conjunto pernoctar o realizar actividades propias del uso residencial.

.- URBANISMO.- Examina la junta el modelo de Convenio Urbanístico negociado y suscrito con la Empresa "Brosly, S.A." para la gestión y desarrollo de la Unidad de Ejecución n". 21 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Urbanístico de El Escorial, situada en finca urbana en la Avda. de la Constitución c/v Avda. de Felipe II y C/. De la Cruz. Consta en el expediente informe emitido por el Arquitecto Municipal que literalmente dice:

"El perímetro del ámbito de la actual Unidad N ° 2! se ajustará al criterio urbanístico que el Ayuntamiento considere, en razón a su realidad física (existencia del bloque en la esquina de Avda de Constitución y Calle de la Cruz, imposibilidad de entronque rodado de la Calle de Cruz con Avda de Felipe II etc.)

A fecha actual el Servicio Técnico Municipal mantiene fundamentalmente el criterio interpretativo de la ficha de la unidad. La misma no fija tipología como CONDICIÓN DE EDIFICACIÓN. Establece un parámetro máximo de edificabilidad i 0,35 m 2/m!), coincidente con el correspondiente a la ordenanza 5, Grado 3, con ocupación máxima posible del 35 %( 30% en Ord. S- Grado 3) y altura máxima de 3 plantas (2 Plantas en Ord.5- Grado 3). Véase en relación con la utilización de la edificabilidad de una determinada Ordenanza con la condición de edificación correspondiente a otra ordenanza distinta a la anterior, la ficha correspondiente a la Ud. N" 5 en la que se aplica el valor de la edificabilidad de la Ordenanza UN/FAMILIAR 5-4 (0,4 m 2/ m2), con tipología y condiciones de edificación de Ordenanza i, 3 plantas ( edificación cerrada en alineación de calle). Es evidente que el 0,4 m 2/m2 de la Ord. 5-4 se utiliza como parámetro, no como tipología de edificación.

Además del expreso contenido del texto citado, los concretos valores indicados no resultan necesarios ni recomendables ( altura de 3 plantas) en soluciones de viviendas unifamiliares, respondiendo más a soluciones en vivienda multifamiliar. Obsérvese que con los topes de ocupación y edificabilidad fijados podría agorarse esta última en uaa única planta < 35% - 0,35 rn 2/m2), sin necesidad alguna de la 3 plantas de altura autorizadas, í En ninguno de los 5 grados de la ordenanza especifica de UNIFAMILIARES se superan las 2 plantas).

La ocupación de mini bloques con altura de 2 plantas recomendada frente a las 3 plantas con lleva una más integrada y discreta solución en la parcela resultante, que ocupa una posición de privilegio en el acceso al casco urbano de la población.

 

En consecuencia y como resumen de/ informe solicitado se mantiene por parte de esta Oficina Técnica el criterio de interpretación del contenido de la ficha expuesto en su día y se considera correcto el anteproyecto presentado, que cumple los limites de ocupación, edificabilidad y altura ( se reduce una planta sobre el máximo de tres) recogidos en las Normas Urbanísticas, con diseño, materiales y volumetría adecuados.

Nota. No existe criterio de densidad poblacinnxl máxima, salvo el derivado de la vivienda mínima ( 45 m!. útiles)."

La Junta, de conformidad con el Are". 247 de la Ley 9/2.001, de 17 de Julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, acuerda someter el expediente al trámite de información pública, mediante anuncio publicado en el BOCM y en al menos uno de los periódicos de mayor difusión en la Comunidad de Madrid, por un periodo mínimo de veinte días y que sigan los trámites pertinentes.

4.- LIQUIDACIONES DEFINITIVAS DE OBRAS Y LICENCIAS DE PRIMERA OCUPACIÓN.- Se examina la solicitud que hace "Inmobiliaria Parque Comillas, S.L.", siguiendo expediente de Licencia de Obras n°. 7.651/03 que fue concedida al mismo, para la construcción de Edificio destinado a Apartotel de 67 apartamentos, zonas comunes, locales comerciales, garajes, piscina y paddle/tenis en la C/. Nueve n". 7, en "Ciudad Bosque Los Arroyos", de este Término Municipal.

Consta el informe emitido por los Servicios Técnicos de Arquitectura, en base a los documentos aportados por el solicitante y en visita de inspección a las obras mencionadas, favorable para la concesión de las Licencias.

Deberá solicitarse la oportuna Licencia de Apertura y Funcionamiento aportando la Clasificación Turística de la Dirección General de Turismo de la Comunidad de Madrid.

Y tras deliberación, la Junta acuerda:

1".- Aprobar la licencia de acometida de alcantarillado y las tasas correspondientes que ascienden a la cantidad de 8.140,50 Euros.

2".- Aprobar la Certificación Final y Liquidación Definitiva de terminación de obras del edificio con las tasas que ascienden a la cantidad de:

Licencia Urbanística                                                       1.482,51 €
Impuesto de Construcción y Obras                                                     6.918,39 €

3".- Aprobar y conceder la Licencia de Primera Ocupación y fijar las tasas municipales que ascienden a la cantidad de 25.293,68 Euros.

De conformidad con el escrito presentado por el Promotor, una vez terminadas las obras del Canal de Isabel II, deberá realizar los trabajos necesarios para que las aceras de la C/. 14, C/. Principal y un tramo de la entrada del garaje al edificio queden en perfecto estado para seguridad de peatones y vehículos, igualmente que el asfaltado del tramo afectado en la calzada de la C/. Principal.

Igualmente se recuerda el contenido y cumplimiento en lo que le pueda afectar de las instrucciones Internas sobre construcción y funcionamiento de Hoteles-Apartamentos aprobadas en la Junta de gobierno Local de fecha 25 de Octubre de 2.006 y que le fueron notificadas.

5.- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL AYUNTAMIENTO Y EL MINISTERIO DEL INTERIOR.- Se da cuenta del escrito del Jefe Provincial de Tráfico de Madrid, remitiendo texto del Convenio de colaboración entre dicho Organismo y el propio Ayuntamiento, sobre acceso a los registros de vehículos y personas del Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico, con el fin de agilizar y mejorar la gestión municipal del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica.

La Junta, una vez examinado dicho texto, acuerda aprobarlo en todos sus términos y que se formalice con la firma de la Alcaldía Presidencia y posterior remisión al organismo citado.

6.- CONTRATACIONES.- Arrendamiento Finca Urbana.- En relación con el expediente referente al contrato privado de arrendamiento de uso distinto al de vivienda del inmueble situado en la C/. Juan de Herrera n°. 9, de esta localidad, con destino a los Servicios de Información Municipal de Vivienda de este Ayuntamiento, visto el informe-propuesta de Secretaría, de conformidad con el artículo 21.1.ñ) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, la Junta de gobierno, por unanimidad de sus miembros acuerda:

PRIMERO.- Aprobar el expediente de contrato privado de arrendamiento de uso distinto al de vivienda del inmueble sito en la C/.Juan de Herrera n". 9, de esta localidad.

SEGUNDO.- Aprobar el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares para el arrendamiento del Inmueble ya citado y disponer la apertura del procedimiento de adjudicación.

7.- PERSONAL.- Visto que con fecha 14 de Septiembre de 2.007 D.Juan Maria Robledano Alberquilla, Funcionario de carrera de este Ayuntamiento, que actualmente se encuentra en la situación de excedencia voluntaria por incompatibilidad presentó solicitud instando su reingreso al servicio activo.

Visto el informe del Negociado de Personal de fecha 1 8 de Septiembre de 2.007 sobre la Legislación aplicable y el procedimiento a seguir en relación con este asunto y la existencia de un puesto vacante para el que Funcionario reúne los requisitos necesarios.

Examinada la documentación que la acompaña, visto el informe de Secretaria, y de conformidad con lo establecido en la legislación vigente, la Junta ha resuelto

PRIMERO.- Acordar el reingreso al servicio activo y la adscripción definitiva de D. Juan Maria Robledano Alberquilla,

 

funcionario de este Ayuntamiento que actualmente se encuentra en situación de excedencia voluntaria por incompatibilidad al siguiente puesto de trabajo:

—-  Denominación: Auxiliar Administrativo

   Requisitos exigidos: titulo de graduado en educación secundaria obligatoria

   Nivel: 16.

   Complemento especifico: 7.412,05 € anuales

   Jornada: Completa

   Grupo: C2

   Escala: Administración general

   Subescala: Auxiliar

SEGUNDO.- El nombrado deberá tornar posesión en plazo de 3 días hábiles contados a partir del siguiente a la notificación de la presente Resolución. Los efectos de dicha toma de posesión se producirán desde el día 26 de septiembre de 2007.

TERCERO. Se dará traslado de esta Resolución al interesado y al Negociado de Personal para su conocimiento y efectos.

8.- INTERVENCIÓN.- Se examina el escrito de solicitud de bonificación del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana - Ejercicio 2.007 que presenta D". Ma. Dolores Fernández Merinero, con fecha 25 de Junio de 2.007, por ostentar la condición de familia numerosa.

- Igualmente se examina el Informe emitido por la Intervención Municipal que dice:

"ASUNTO: BONIFICACIÓN IBI URBANA 2007 POR FAMILIAS NUMEROSAS

Legislación aplicable:

- Ordenanza fiscal regulador del IBI

En virtud de la cual se informa:

"3.-Tendrán derecho a las siguientes bonificaciones aquellos sujetos pasivos que ostenten la condición de titulares de familia

numerosa

NUMERO DE HIJOS

 

BONIFICACION

 

Categoría General

 

30%

 

Categoría Especial

 

60%

 

La bonificación ha de solicitarse mediante escrito dirigido a la Junta de Gobierno Local, apenando ¡a documentación que acredite la condición de familia numerosa, siempre que el valor catastral de la vivienda no exceda de 133.712,2! €. La bonificación será anual, debiendo ser renovada cada ano, afectando a los bienes de naturaleza urbana destinados a vivienda habitual, siendo incompatible con otros beneficios fiscales que afecten a bienes de esta naturaleza, por ¡o que igualmente deberá justificar documenta/mente los anteriores extremos.

Para la adecuación de las  familias numerosas que tengan reconocido y vigente un título conforme a la anterior legislación, se actuará conforme a ios criterios establecidos en la disposición Transitoria Primera de la Ley 40/2003. " "5. -La solicitud de bonificaciones deberá tener lugar antes del comienzo del período cobratorio.

Vista la solicitud presentada por D'. - M'. DOLORES FERNÁNDEZ MERINERO con fecha 25 de Junio de 2. 007, ¿? por superar el valor catastral de su vivienda ( 218.131,79 €), el valor máximo

establecido en la Ordenanza más arriba detallada, no obstante la junta de Gobierno Local resolverá lo que estime oportuno".

En base a dicho informe, la Junta de Gobierno Local por unanimidad de sus miembros acuerda DENEGAR la bonificación solicitada.

.- INTERVENCIÓN.- Se examina el escrito de solicitud de bonificación del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana -Ejercicio 2.007 que presenta Da. Ma. Jesús Prieto Saenz de Tejada, con fecha 4 de Septiembre de 2.007, por ostentar la condición de familia numerosa.

- Igualmente se examina el informe emitido por la Intervención Municipal que dice:

"ASUNTO: BONIFICACIÓN IBI URBANA 2007 POR FAMILIAS NUMEROSAS

Legislación aplicable:

- Ordenanza fiscal regulador del IBI

En virtud de la cual se informa:

"3. -Tendrán derecho a las siguientes bonificaciones aquellos sujetos pasivos que ostenten la condición de titulares de familia

numerosa

NUMERO DE HIJOS

 

BONIFICACIÓN

 

Categoría General

 

30%

 

 

Categoría Especial

 

60%

 

La bonificación ha de sol/citarse mediante escrito dirigido a la Junta de Gobierno Local, aportando la documentación que acredite la condición de familia numerosa, siempre que el valor catastral de la vivienda no exceda de ¡33.712,2! €. La bonificación será anual, debiendo ser renovada cada año, afectando a los bienes de naturaleza urbana destinados a vivienda habitual, siendo incompatible con otros beneficios fiscales que afecten a bienes de esta naturaleza, por lo que igualmente deberá justificar documenta/mente los anteriores extremos.

Para la adecuación de las familias numerosas que tengan reconocido y vigente un título conforme a la anterior legislación, se actuará conforme a los criterios establecidos en la disposición Transitoria Primera de la Ley 40/2003." "5. -La solicitud de bonificaciones deberá tener lugar antes del comienzo del período cobratorio.

Vista la solicitud presentada por D'. M'. JESÚS PRIETO SAENZ DE TEJADA con fecha 4 de Septiembre de 2.007, se

procede a la  notificación ------, por estar efectuada fuera del plazo establecido en la Ordenanza más arriba

detallada, no obstante la Junta de Gobierno Local resolverá lo que estime oportuno".

En base a dicho informe, la Junta de Gobierno Local por unanimidad de sus miembros acuerda DENEGAR la bonificación

solicitada.

 

.- INTERVENCIÓN.- Se examina el escrito de solicitud de bonificación del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana -Ejercicio 2.007 que presenta D. Fernando Fonseca Ferrandis, con fecha 11 de Septiembre de 2.007, por ostentar la condición de familia numerosa.

- Igualmente se examina el informe emitido por la Intervención Municipal que dice:

"ASUNTO: BONIFICACIÓN IBI URBANA 2007 POR FAMILIAS NUMEROSAS

Legislación aplicable:

- Ordenanza fiscal regulador del IBI

En virtud de la cual se informa:

"3.-Tendrán derecho a las siguientes bonificaciones aquellos sujetos pasivos que ostenten la condición de titulares de familia

numerosa

NUMERO DE HIJOS

 

BONIFICACION

 

Categoría General

 

30%

 

Categoría Especial

 

60%

 

La bonificación ha de solicitarse mediante escrito dirigido a la Junta de Gobierno Local, aportando la documentación que acredite la condición de familia numerosa, siempre que el valor catastral de la vivienda no exceda de 133.712,2! €. La bonificación será anual, debiendo ser renovada cada año, afectando a los bienes de naturaleza urbana destinados a vivienda habitual, siendo incompatible con otros beneficios fiscales que afecten a bienes de esta naturaleza, por io que igualmente deberá justificar documentalmente los anteriores extremos.

Para la adecuación de las familias numerosas que tengan reconocido y vigente un título conforme a la anterior legislación, se actuará conforme a los criterios establecidos en la disposición Transitoria Primera de la Ley 40/2003." "5.-La solicitud de bonificaciones deberá tener lugar antes del comienzo del período cobratorio.

Vista la solicitud presentada por D'. FERNANDO FONSECA FERRANDIS con fecha 11 de Septiembre de 2.007, no

procede, aprobar la bonificación solicitada, por estar efectuada fuera del plazo establecido en la Ordenanza más arriba

detallada, no obstante la Junta de gobierno  Local resolverá lo que estime oportuno".

En base a dicho informe, la Junta de Gobierno Local por unanimidad de sus miembros acuerda DENEGAR la bonificación

solicitada.

9.- PROPUESTAS DE CONCEJALES.- En este turno se presenta, se examina y se acuerda sobre los siguientes asuntos:

De Comercio.- Por el Concejal Delegado presenta a la Junta el texto del Convenio de Colaboración entre el Ayuntamiento y la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Madrid, con el fin de fomentar y promocionar la economía local.

La junta de Gobierno, por unanimidad de sus miembros, y apoyando el objetivo de la promoción de las empresas de ámbito local, acuerda:

PRIMERO.- Aprobar el texto en todos sus términos y que se formalice con la firma de la Alcaldía Presidencia y posterior remisión al citado organismo.

SEGUNDO.- Designar, corno miembros de la Comisión de Seguimiento, por parte de este Ayuntamiento al Concejal Delegado de Comercio y Consumo, D. Roberto Domínguez Whyte y la Agente de Desarrollo Local, D J. Laura Jiménez Barranco.

De Comercio.- Por el Concejal Delegado presenta a la Junta el expediente que se tramita con el Servicio de Defensa al Consumidor y Corporaciones Locales de la Consejería de Economía y Hacienda de la Comunidad de Madrid y del escrito de este Servicio de fecha 14 de Septiembre de 2.007 en el que remite ficha, para su debida cumplimentación, de propuesta de actividades a incluir en el Convenio de Colaboración que se tiene previsto suscribir entre el propio Ayuntamiento y la Consejería citada en el ejercicio de 2.008.

La Junta, por unanimidad, acuerda se realicen los trámites y gestiones necesarios tendentes a la tramitación del Convenio citado.

De Comercio.- Por el Concejal Delegado da cuenta de Parte Denuncia de la Policía Local y del escrito de fecha 11 de Septiembre de 2.007 presentado por D. Eduardo Madirolas Isasa, denunciando la apertura de un local, del que supone carece de Licencia de Apertura, destinado a restauración de alimentos en ta C/.José García Siñériz n". 6, de esta localidad. Igualmente informa a la Junta de la inexistencia en estas Dependencias de incoación de expediente de solicitud de la Licencia necesaria para dicha actividad.

La junta, por unanimidad de sus miembros, acuerda se inicie el correspondiente expediente de infracción.

De Industria.- Por el Concejal Delegado da cuenta a la Junta del acuerdo adoptado por este mismo Órgano en fecha 7 de Mayo de 2.007 relacionado con la instalación de terraza en la parte trasera del Bar-Salón, sito en la Plaza de España n°. 2, de esta localidad.

En este sentido la Junta por unanimidad acuerda notificar a D. Joaquín Vázquez Alonso la obligación que tiene de dejar libre y expedito a partir del próximo día 1 de Octubre de 2.007, el terreno de propiedad municipal y de uso y dominio público y que está ocupando con la instalación de la terraza del mencionado Bar.

De Educación.- Examina la Junta la solicitud de D*. Indira Hernández Rangel respecto a la exoneración de la deuda por baja, debidamente justificada, en la actividad de "El verano de los días sin colé" de dos de sus hijos, después de iniciada la actividad, se examina igualmente el informe emitido por la Intervención Municipal y en base al mismo, la Junta acuerda por unanimidad la anulación de la deuda.

De Educación.- Se examina por la Junta el Informe Social de la situación social, familiar y sanitaria de la familia de D'. E.A.S. y propuesta de la Trabajadora Social sobre la conveniencia de bonificación en la cuota de la actividad "El Verano de los días sin colé" a su hija L.A.S.

La junta. por unanimidad acuerda la aprobación de una Bonificación del 60% del Precio Público correspondiente.

 

10.- DE INTERÉS Y URGENCIA.-   En este punto no se presenta cuestión alguna de expresa constancia.


Y no habiendo más asuntos que tratar se levanta la sesión de orden de la Presidencia, dándose por terminado el acto a las diecisiete horas y treinta y cinco minutos, de lo que corno Secretario Certifico.

Y para que así conste y cumpliendo lo dispuesto en el Art". 11 3-b) del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, expido la presente de orden del Sr. Alcalde Presidente y con su visto bueno en El Escorial, a veinticuatro de Septiembre de dos mil siete.

CONCEPCI ÓN VICENTE BERZAL

Vº Bº LA ALCALDESA EN FUNCIONES


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MONTEARROYO,
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